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Movilización social en defensa de los derechos digitales y contra la “Ley Lleras”

Introducción

El interés de los gobiernos en establecer medidas para controlar el uso de internet ha tomado forma a través de leyes tan polémicas como la Sinde y Hadopi en los casos español y francés, respectivamente, o algunas más concertadas como las establecidas en Chile y Canadá. Los organismos internacionales han advertido sobre el peligro de restringir el acceso a internet sin una cuidadosa consideración de las consecuencias, dada la importancia que tiene internet para la democracia y los derechos de las personas  [  Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión e Internet. ]

Como respuesta a una obligación del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos el gobierno colombiano presentó un proyecto de ley [ Cabe destacar que este informe fue redactado en julio de 2011, ya que con posterioridad se sucedieron modificaciones en la situación presentada.], conocido como proyecto de Ley Lleras, que levantó muchas críticas de diversos sectores de la sociedad que consideran que trasgrede derechos fundamentales como la libre expresión y los derechos civiles y políticos. Esto ha generando una movilización ciudadana promovida a través de medios virtuales y tradicionales.

Contexto político y legal

La protección de los derechos de propiedad intelectual ha sido una preocupación recurrente en el ámbito comercial internacional y nacional. En Colombia se discutió el tema en los planes y documentos del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) [ CONPES es el máximo organismo de coordinación de la política económica en el país. ] sobre propiedad intelectual 2008-2010. Según algunos sectores, estos pasan por alto los nuevos usos y tendencias que se impulsan a través de los medios digitales, como el software libre, licencias libres, entre otras, y se enfocan exclusivamente en la industria cultural y del entretenimiento tradicional.

También en el Plan Nacional de Desarrollo del actual gobierno se define la propiedad intelectual como un elemento estratégico para promover la innovación en el país y esencial para negociar e implementar acuerdos comerciales internacionales, para lo cual se propone realizar los ajustes normativos necesarios [ Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para todos” - Resumen Ejecutivo. ].

Es así como el TLC con Estados Unidos incluye un capítulo sobre derechos de propiedad intelectual, al que se adjunta una carta que trata sobre la responsabilidad de los proveedores de servicios de internet (PSI) en la protección de los derechos de propiedad intelectual.

Como respuesta a esta obligación del TLC, el 4 de abril de 2011 el gobierno colombiano presentó el proyecto de ley Nº 241 de 2011, más conocido como proyecto de Ley Lleras. Con esta ley se pretende regular la responsabilidad por infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en internet. Diversos sectores se han opuesto al proyecto, entre ellos colectivos y personas que han trabajado promoviendo en el país temas de cultura libre y licenciamiento libre como Creative Commons y GPL (General Public License), entre otros.

Adicionalmente, la declaración conjunta emitida por representantes de la ONU (Naciones Unidas), la OSCE (Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa), la OEA (Organización de Estados Americanos) y CADHP (Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos), sobre la libertad de expresión e internet aportó elementos a la discusión en defensa de los derechos digitales de la ciudadanía.

Desafiando el control de internet

El 4 de Abril de 2011 el Ministro de Interior y de Justicia Germán Vargas Lleras emitió el siguiente tuit a través de su cuenta de twitter @German_Vargas: Les cuento que hoy radicamos el proyecto de Derechos de Autor. No más piratería en internet. Autores, cantantes, compositores nos acompañaron (12:59 p.m.)”.

Pronto su mensaje fue retuiteado y se empezaron a generar reacciones tanto de alerta como de celebración. El documento del proyecto de ley empezó a compartirse en la red. En poco más de 24 horas los/as internautas ya habían definido la etiqueta #leylleras, para intercambiar información sobre el tema. Pese a los esfuerzos del ministro y del senador Roy Barreras, proponente de la ley, para cambiarlo por #leyderechosdeautor, la etiqueta se popularizó y el proyecto fue reconocido así tanto en los medios masivos como en otras redes sociales.

Por el proyecto de ley Nº 241 “se regula la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en internet”. Vargas Lleras alertó a través de su blog: “ A quienes sigan utilizando la piratería, pues que se tengan de atrás, porque de aquí para adelante el tema de prisión y de penas se va aplicar con todo rigor, si logramos que el Congreso tipifique estas nuevas conductas que hoy no están previstas en nuestra legislación”. El proyecto de ley contempla medidas cautelares contra los PSI y usuarios/as de internet, como el retiro o inhabilitación de material infractor o la cancelación de la cuenta, entre otros polémicos asuntos [ Congreso de Colombia, Proyecto de Ley Nº 241 “Por el cual se regula la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en internet”.].

No es de extrañar que las personas y grupos que ya trabajaban en temas como cultura libre, software libre y libertad de expresión en internet – que conocían de procesos similares en España y Francia [Ley Sinde en España y Hadopi en Francia.] – se preocuparan y comenzaran a convocar a reuniones tanto virtuales como presenciales para revisar el proyecto, discutirlo y organizarse.

Una de estas reuniones se llevó a cabo en Bogotá. Carolina Botero, impulsora de Creative Commons en Colombia, junto a activistas del software libre realizaron una primera reunión para revisar y discutir el proyecto de ley. Dado su trabajo promoviendo el “copyleft” en el país Botero estaba al tanto de los procesos de legislación de derechos de autor, tenía contacto con la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA) y conocía de las intenciones del gobierno de legislar sobre el tema [ Audio disponible ]. Sin embargo había esperado que el proceso fuera consultivo y con participación ciudadana. Cuando se percataron de que el proyecto se había presentado sin ninguna consulta previa empezaron una revisión rigurosa del mismo y convocaron a otras personas y sectores con quienes finalmente conformaron RedPaTo2, un colectivo surgido de un proceso orgánico, según Freddy Pulido [ Entrevista realizada el 4 de julio de 2011.], abierto para que cualquier persona se vincule desde diversas áreas disciplinarias, convocando así a artistas, académicos/as, técnicos/as y abogados/as, entre otros. El trabajo de RedPaTo2 se centra en la búsqueda de una ley consensuada en cuya construcción exista una real participación ciudadana. Para esto han utilizado diferentes mecanismos tanto en el ámbito virtual como presencial [ Blog; wiki; lista de correo;Twitter; identi.ca], buscando mantener el tema vigente en las redes sociales y los medios de comunicación, informar a la población y realizar propuestas alternativas al proyecto de Ley Lleras.

Por otro lado surgió el grupo ReCrea, conformado a partir de encuentros de profesionales, particularmente artistas y creadores de contenido, interesados en el papel de la educación y la cultura en Colombia. Su principal objetivo es lograr que el remix o re-creación a partir de obras existentes, sea permitido como creación cultural, para lo cual proponen la inclusión de un artículo que autorice la reproducción sin remuneración u obtención de permisos del autor, de obras de carácter cultural, científico o médico, así como de fragmentos de obras protegidas, siempre que se mencione la fuente, título y autor, y que la obra resultante no tenga ánimo de lucro.

Otos movimientos de carácter político como el Partido Pirata de Colombia, que se encuentra en proceso de formación, también se ha pronunciado respecto de la ley y genera contenidos al respecto en blogs y redes sociales [En Twitter y en Facebook].

El colectivo Anonymous, conocido en varios países del mundo por sus protestas a diferentes actores a través de ataques de denegación de servicio a sus páginas, también se ha pronunciado realizando ataques a páginas del gobierno colombiano y de senadores participantes en la aprobación del proyecto. Ha atacado los perfiles de Facebook del presidente Juan Manuel Santos y de Twitter del ex presidente Alvaro Uribe. En declaraciones ofrecidas a la revista Enter, medio especializado en tecnología en Colombia, este colectivo indica que busca repercusión mediática y dar a conocer la Ley Lleras a la población. También en entrevista ofrecida al periódico El Tiempo dan una explicación detallada de los motivos de rechazo al proyecto de ley.


Existen otros colectivos que aportan a la discusión generando contenidos en blogs, redes sociales, plataformas de audio y video
. También diversos medios de comunicación han presentado diferentes puntos de vista.

Es necesario detenerse un momento para conocer más en detalle lo que motivó esta movilización partiendo del hecho de que la discusión no se limita al articulado de la ley, sino que éste es un movimiento cuyas bases se sentaron antes del trino del ministro Vargas Lleras. Mientras el gobierno a través de los documentos CONPES, el Plan Nacional de Desarrollo y el TLC buscaba fortalecer la industria basada en la propiedad intelectual y los derechos de reproducción, los/as internautas usaron y promovieron herramientas virtuales para impulsar movimientos que propendían el intercambio, la co-creación y el derecho a la copia. “Aquí todos somos co-creadores” dijo Alejandra Bonnet, miembro de ReCrea, en una de las charlas realizadas en el senado. El proyecto fue una excusa para que estas personas se encontraran en torno a un tema. Si bien no todos los grupos utilizan las mismas estrategias y tienen puntos de desencuentro, en las observaciones realizadas a los artículos del proyecto de ley se encuentran elementos comunes.

Uno de los temas que genera más escozor entre los detractores del proyecto de ley, es el desconocimiento del juez como garante de los derechos fundamentales, ya que se atribuye a los PSI la facultad de retirar contenidos que hayan sido denunciados como infractores por el/la titular del derecho de autor. Esto, como lo indica Carolina Botero, “modifica la presunción de inocencia, se arriesga el debido proceso, se ponen en riesgo derechos como la libertad de expresión e incluye cargas excesivas para los ‘presuntos infractores’ tanto en el procedimiento (...) como en las disposiciones contractuales que se sugiere a las PSI incluir”. Sobre esto, Juan Carlos Monroy de la DNDA declaró que la posibilidad de bloquear un contenido existe desde antes en la legislación, y que el proyecto de ley apunta a la “detección y [el] retiro de contenidos” sin considerar el juez debido a que el sistema de justicia no cuenta con la infraestructura requerida [ Conversatorio de Ley Lleras realizado en el Campus Party Bogotá, 2011. ].

Otro de los temas polémicos es la violación del derecho a la privacidad debido a que el proyecto establece la entrega de información del presunto usuario infractor, sin definir el alcance del proceso. Igualmente grave se considera la posibilidad de desconectar de internet al reincidente. Esto, según el informe del Relator Especial de la ONU Frank La Rue, vulnera el artículo 19 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos en el que se consigna el derecho que tiene toda persona a buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo.

Tanto promotores como detractores del proyecto coinciden en que es una copia del Digital Millennium CopyRight Act (DMCA), ley adoptada en Estados Unidos en 1998 . En este sentido se critica el intento de implementación sin considerar la precariedad de la ley con respecto a la tecnología actual y el hecho de que Colombia forma parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para la que “toda disposición de derechos civiles o penales debe estar sujeta a un procedimiento judicial” [ Aportes realizados por Lorenzo Villegas, abogado de Google Colombia, en una de las charlas sobre ley Lleras realizadas en el Congreso. ].

Estos grupos han realizado diversas acciones para lograr la modificación del proyecto [ RedPaTo2 presentó una carta abierta con 2.300 firmas digitales antes del debate del proyecto.]. La movilización social ha llevado al Congreso a realizar conversatorios y foros de discusión del proyecto, pero también los movimientos sociales han realizado encuentros para socializar y ampliar la discusión. Sin precedentes fue la sesión del Congreso que fue vista a través de internet por más de 2.000 personas en todo el país, que además pudieron realizar comentarios a través de Twitter 

Algunos senadores han atendido las objeciones presentadas. Uno de ellos, detractor del proyecto, propuso una mesa concertada que se materializó en reuniones de carácter informativo. El gobierno planteó algunas opciones de diálogo [ Como el blog derechodeautor.wordpress.com que fue puesto a disposición de los internautas el 6 de abril luego de que el debate por el proyecto en redes sociales había empezado]  que no fueron aceptadas por los movimientos sociales ya que en muy poco o nada pueden alterar el contenido del proyecto dadas las instancias del Congreso en las que se está discutiendo .

RedPaTo2 presentó ante el Congreso modelos alternativos como los de Chile y Canadá, planteando objeciones sustentadas a varios de los artículos y estableciendo la necesidad de incluir excepciones para personas con discapacidad, entre otras. Además presentó una serie de peticiones para hacer el proceso transparente y lograr un proyecto de ley concertado.

Para ser aprobado el proyecto de ley debe superar cuatro etapas. La primera de ellas en la Comisión primera del Senado donde ya fue aprobado con siete votos a favor y tres en contra, haciendo algunas modificaciones en el articulado pero no los cambios sustanciales esperados por los activistas. Esto demuestra que la premura de la aprobación es superior al interés de negociación.

El debate aún no ha terminado. Están pendientes todavía tres etapas para la aprobación de la ley y los movimientos sociales no desisten en su interés por lograr una ley que no solo defienda los derechos de los autores sino también el de las personas que utilizan la red.

Conclusiones

La movilización generada alrededor del proyecto de Ley Lleras permite ver la transformación social generada por a internet, no solo en cuanto a conceptos como el derecho de autor y la propiedad intelectual sino también en lo concerniente a los derechos digitales y la participación ciudadana en las democracias actuales.

Por un lado se encuentran las industrias y personas que apoyan y defienden los usos tradicionales de las obras artísticas e intelectuales y el uso de herramientas para proteger los derechos de autor. Por otro lado están quienes han encontrado en internet mecanismos para acceder a información antes vedada y, como ellos mismos lo indican, pasar de ser consumidores a productores, generando nuevos mecanismos de distribución de sus obras. En este escenario, es necesario considerar la relación de los derechos de autor con el acceso al conocimiento y a la información, elementos fundamentales para el fomento de la cultura y la educación [Mónica Torres El derecho de autor y el TLC” Pensar el Libro 01 (2004) ]. También vale la pena destacar que lo que se busca no es la supresión de uno u otro modelo sino el reconocimiento de modelos alternativos de creación cultural que se han ido generando con la era digital.

Por otro lado, se hace evidente la falta de consenso en cuanto a los derechos digitales y su incidencia en los derechos humanos. Mientras los gobiernos intentan controlar internet, los/as internautas procuran defender la libertad alcanzada. En este sentido, ha sido un gran paso el dado por la ONU y otros organismos internacionales en sus declaraciones sobre derechos humanos e internet, para dar una guía que oriente la discusión en temas clave como libertad de expresión, censura, neutralidad de la red, entre otros.

Finalmente, esta situación manifiesta los cambios que desde ya se empiezan a dar en las democracias de nuestros países. Internet ha permitido que las personas cuenten con un medio para compartir, discutir, proponer, algo para lo que muchos gobiernos no están preparados. Sin embargo, como lo indica Pulido, hacen falta mecanismos reales de participación ciudadana que vayan más allá de brindar información o recoger comentarios, facilitando el diálogo y una intervención real de la ciudadanía en la legislación.

Medidas para la acción

Considerando el proceso de movilización dado en Colombia alrededor del proyecto de ley Lleras y la experiencia compartida por algunos de sus actores, se pueden identificar los siguientes pasos para la acción:

  • Compartir y difundir la información.
  • Convocar a las personas interesadas para analizar y dimensionar el problema. Se pueden requerir personas especializadas que “traduzcan” la información a un lenguaje más comprensible para el público en general.
  • Agruparse y organizarse. Definir objetivos comunes y las estrategias a seguir, con reglas de juego claras y acordadas.
  • Contar con un grupo de personas confiable para el desarrollo de las tareas y que tengan claras las reglas definidas.
  • Buscar herramientas tecnológicas apropiadas para intercambiar información, que sean acordes a la metodología de trabajo del grupo y definir personas encargadas de su administración. En el caso de RedPaTo2 se definieron varias herramientas entre las que se encuentra un blog para publicar los comunicados y documentos, herramientas de microblogging como Twitter e identi.ca para difusión de información, EtherPad para la construcción de documentos colectivamente, entre otras.
  • Establecer contactos con medios de comunicación y, en caso de requerirse, con legisladores que apoyen la movilización.
  • Mantener el tema vigente a través de la publicación de información y la realización de foros y debates tanto virtuales como presenciales.
  • Participar en todos los espacios en los que se discute o trabaja el problema.
  • Presentar propuestas concretas ante los órganos responsables de tomar las decisiones y también ante el público en general.
  • Establecer esquemas de veeduría del proceso a través de la transmisión de debates y sesiones de los legisladores y la publicación transparente de todos los documentos relacionados.