Consideraciones clave acerca de los derechos económicos, sociales y culturales e internet

Organization

Association for Progressive Communications (APC)

Nota: este artículo es una versión reducida en español del artículo publicado en http://www.giswatch.org/en/economic-social-and-cultural-rights-escrs/key-considerations-economic-social-and-cultural-rights- y constituye parte del Monitor Mundial sobre la Sociedad de la información 2016 http://www.giswatch.org. El contenido de este informe se halla bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional - https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es

Introducción

En los últimos dos años, la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC) ha estado investigando de qué manera internet puede habilitar los derechos económicos, sociales y culturales (DESC ) 1 y abogando por mayor atención sobre el rol de internet para asegurar el disfrute de estos derechos.

Aunque desde mitad de los 90 ha habido esfuerzos importantes para usar inter net para mejorar el acceso a educación, salud y seg uridad alimentaria, entre otros objetivos de desarrollo, estas iniciativas rara vez han sido formuladas dentro un marco de derechos. Nuestra investigación en efecto buscaba preguntarse: dada la proliferación de las tecnologías de información y comunicación (TICs) desde ese entonces ¿c uáles son los desafíos clave de política cuando se apalanca el potencial de internet para asegurar los DESC?, ¿cuáles son los cuellos de botella?, ¿cuál es la responsabilidad de los Estados comparad a con los requerimientos de la sociedad civil?. Este reporte lista siete consideraciones clave para analizar cómo internet impacta en estos derechos.

Consideraciones clave cuando se analiza internet con relación a los DESC

  1. El internet ahabilita el ejercicio de los DESC: Mientras que el acceso a internet no constituye en sí mismo un derecho humano, para aquellos que tiene n acceso el internet sí puede ser un habilitador del ejercicio de los DESC. Internet ayuda a las personas a encontrar trabajo y gremios para organizarse, permite a los pequeños agricultores acceder a información competitiva sobre el mercado; es un potente habilitador de la participación cultural, la innovación y la expresión artística; permite que los recursos de aprendizaje se compartan fácilmente; y facilita el acceso a información de salud y asesoría m édica. Por lo tanto, aumentar y mejorar el acceso a internet es una consideración importante para que los Estados cumplan con sus obligaciones bajo el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2. L as barreras que inhiben el acceso a internet deben ser abordados como parte de las obligaciones del Estado para respetar, proteger y satisfacer el disfrute de todos los derechos humanos .

  2. El internet crea nuevas formas de intercambio que tienen impacto en el ejercicio de los DESC: el desarrollo global de internet ha result ado en nue v as interacciones e intercambios económicos , sociales y culturales que no podían haberse producido sin internet. Por ejemplo, la apertura a nuevos mercados para los productores de bienes cultura les en pequeña escala ha creado nuevos modelos de negocio que no existían antes, mientras que en el área de participación cultural las tecnologías digitales y el f á cil acceso a ellas ha democratizado y fortalec id o los culturales. R esulta cr í tico que los gobiernos comprend an adecuadamente cómo interne t permite nuevas formas de empoderamiento social y político de individuos y colectivos así como nuevas formas de creación e intercambio digital que ocurren en línea, y la importancia de crear políticas que promuevan esas nuevas formas de ejercitar los D ESC. Por ejemplo, la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas ( IFLA) 3 recomienda que se se de especial consideración a la preservación del patrimonio cultural digital.

  3. El internet puede tener un impacto negativo en los DESC: el i nternet y las nueva s tecnologías también pueden afectar negativamente el ejercicio de los D ESC e incluso facilitar la violación de estos derechos . Esto puede producirse como efecto de proyecto s gubernamentales de tecnologías de información y comunicación (TIC) mal administrado s o de legislación obsoleta o poco efectiva. La intervención directa de los Estados, ya sea a través de censura o vigilancia de las comunicaciones, puede también afectar a estos derechos. El almacenamiento masivo de datos personales por parte de los intermediarios es usado también por los Estados para vi o lar derechos, por ejemplo, los derechos de los movimientos sociales o uniones de trabajadores. Las corporaciones , aunque no est á n al mism o nivel de obligación que los Estados, también tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos y su rol afecta el ejercicio de los D ESC, por lo que se requiere n políticas adecuadas para su cumplimiento

  4. El internet empodera a los individuos y los grupos en formas diferentes: a unque se esperaba que internet redujera la brecha de pobreza, l as evidencias indican que la brecha entre r i cos y pobres ha aumentado y que la riqueza se ha consolida do en tre una minoría global que es la principal beneficia ria de internet. 4 Existen d iferencias significativas en el acceso a internet de calidad y de bajo costo debido a cuestiones relacionadas con el ingreso , la educación , el género , el lenguaje, la ubicaci ó n geográfica y otros fact o res económicos , sociales y culturales, que siguen siendo preocupaciones latentes en el contexto de realización de los DESC habilitada por el internet. Otro tema que parece no haber recibido la suficiente atención por parte de los gobiernos es las diferentes maneras en que los grupos y comunidades se empoderan cuando logran utilizar internet e n conte x tos “de acceso igualitario” - es decir cuando no existen barreras obvias p ara el acceso. Si el acceso es dinámico , confiable y participativo , los grupos logran un acceso efectivo a la información que necesitan para empoderarse y m ayor capacidad de acción social y política . Los Estados tienen la obligación de comprender cuándo esos desbalances tienen un efecto negativo en los derechos individuales y deben buscar resolverlos .

  5. Los sistemas abiertos protegen a los D ESC: el internet habilita el ejercicio de DESC por parte de comunidades y grupos , a veces sin intervención de los Estados . 5 Nuestra opin ió n es que es más probable que el software y los estándares abiertos habiliten esa forma de empo d eramiento. También facilitan que los gobiernos provean mejores servicios – el software puede adaptarse para satisfacer necesidades especificas y s e ahorra dinero al no pagar licenciamiento y al evitar otras restr i cciones en el uso de software.

  6. El contenido abierto promueve la educación , la participación en la vida cultural y el acceso a los beneficios del progreso científico: en general el contenido abierto – contenido accesible en línea en forma gratuita – estimula la curiosidad científica y fome n ta la educac ió n y el intercambio cultural. Por ejemplo, el ex- Relator Especial en derechos culturales propuso la “adop ción de un enfoque de bien público para la innovación y la difusión del conocimiento ”, mientras que la Comunidad Europea recientemente tomó la decisión de proveer acceso publico gratuito a todos los artículos científicos gestados con f o ndos públicos no más tarde del 2020 . 6 A la vez que los sistemas alternativos de licenciamiento como C reative Commons deben ser apoyados , es nuestra opinión que al menos el contenido generado con fondos públicos debería encontrarse accesible en línea en forma gratuita, incluyendo los recursos educativos.

  7. El sector privado juega un rol fundamental en la provisión de servicios de intern et para los DESC: debido a que gran parte d e intern e t es de propiedad y es administrada por el sector privado , los intermediarios tales como los buscadores , los proveedores de acceso a internet (ISPs) y los proveedores contenido s pueden jugar un rol crítico acerca de c ó mo se ejercen en línea los D ESC . Ellos pueden limitar y restringir el acceso a internet y a contenidos específicos y , de ese modo, limita r la participación p ú blic a y la capacidad de internet de apoyar el ejercicio de los D ESC. Po r ejemplo, la evidencia sugiere que los algoritmos de los buscadores como Goo g le tienen la capacidad de influir en las percepciones populares acerca de la cultura y limitar el acceso a la informac ión . Mi e ntr a s que internet en cierto modo ofrece formas de contrarrestar los mo no po l i o s de los medios tradicionales , la corp o rativización de internet a través de compañías como Google, Facebook, Apple y Microsoft y l a convergencia de grandes proveedores de acceso con empresas de medios, como Rede Globo e n Brasil , están reduciendo e l potencial de internet para habilitar el ejerci ci o de los D ESC . 7 Al mismo tiempo, la expansión y la imposición del régimen de propiedad intelectual y de derechos de autor entran en conflicto con el derecho al acceso a los beneficios de la ciencia y la tecnología y a l contenido educacional y cultural en general. Po r lo tanto es importante que los intermediarios de internet asuman su responsabilidad en respetar los derech o s humanos definidos por los Principios Rectores sobre empresas y derechos humanos de la Organización de N aciones U nidas . 8

Conclusión

Incorporar los D ESC en e l análisis de la políticas de internet puede resultar m á s abarcativo e sólido que limitar el enfoque a los derechos civiles y políticos exclusiv amente y refleja la universa l idad, indivisib i lidad, interdependencia y correlación de todos los derechos humanos , así como el p o tencial de internet de in f luir y mejorar todos los aspectos de la vida de las personas. Si fallamos en lograrlo corremos el r iesgo de diluir el p o tencial de internet como facilitador de todos los derechos humanos , así como de aumentar la desigualdad y la discriminación dentro y entre sociedades.

References

1 https ://www.apc.org/en/projects/internet-rights-are-economic-social-cultural-rights

2 http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx

3 www.ifla.org

4 Ver el Global Information Technology Report 2015 de WEF : www3.weforum. org /docs/WEF _Global_IT _ Report_2015.pdf y el 2016 Digital Dividends report de World Bank www.worldbank.org/wdr2016

5 Por ejemplo el proyecto español CitizenSqKm www.citizensqkm.net

6 Khomami, N. (2016, 28 May). Todos los papers científicos serán de libre acceso para el 2020 según la propuesta de la UE. The Guardian. www.theguardian.com/science/2016/may/28/eu-ministers-2020-target-free-access-scientific-papers

7 Jensen, M. (2016, 18 March). Digital convergence: Global trends in broadband and broadcast media concentration. APCNews . http://www.apc.org/en/news/digital-convergence-global-trends-broadband-and-br

8 http://www.ohchr.org/Documents/Publications/HR.PUB.12.2_sp.pdf ; ver también : Sullivan, D. (2016). Business and digital rights: Taking stock of the UN Guiding Principles for Business and Human Rights in the ICT sector . APC. https://www.apc.org/en/pubs/business-and-digital-rights-taking-stock-un-guidin